El apoyo que necesitas para tu empresa
¿Quieres que una sociedad de garantía recíproca avale tu proyecto?
- Finalidad:
- Permite financiar inversiones de autónomos y empresas avaladas por una sociedad de garantía recíproca.
- Público objetivo:
- Autónomos, profesionales y pymes hasta 50 millones de euros de facturación.
- Elementos que se pueden financiar:
- Liquidez: las necesidades de circulante como gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancías, etc.
- Inversiones productivas dentro o fuera del Estado español:
- Activos fijos productivos, nuevos y de segunda mano.
- Adquisición de vehículos turismo, con precio inferior a 30.000 euros (más IVA si se adquieren en España). Los vehículos industriales podrán financiarse al 100%.
- Adquisición de acciones de empresas residentes en el extranjero.
- Impuesto sobre el valor añadido (IVA) o impuesto general indirecto canario (IGIC), en el caso de activos adquiridos en España.
- Creación de empresas en el extranjero.
- Financiación de circulante hasta un máximo del 50% de la financiación obtenida mediante esta modalidad de inversión.
- Importe máximo:
- Cuando el concepto financiable sea inversión, el aval de la SGR será del 100% y puede financiarse hasta el 100% del proyecto de inversión (IVA incluido) con un máximo de 1 millón de euros por cliente y año.
- Cuando el concepto financiable sea liquidez, el importe máximo dependerá del porcentaje avalado por la SGR:
- Operaciones avaladas al 100% por la SGR: hasta 1 millón de euros por cliente y año.
- Operaciones avaladas al 50% por la SGR: hasta 60.000 euros por cliente y año.
- Plazo de amortización:
- Liquidez 100%: 1, 2 o 3 años con posibilidad de 1 año de carencia de principal.
- Inversión:
- 1, 2, 3, 5, 7 o 10 años con posibilidad de 1 año de carencia de principal.
- 12 o 15 años con posibilidad de 2 años de carencia de principal.
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