El impulso para consolidar la presencia en el extranjero
¿Quieres financiar tus inversiones en el estranjero en condiciones preferentes?
- Finalidad:
- Permite financiar las inversiones efectuadas por autónomos y empresas en el extranjero.
- Público objetivo:
- Autónomos, empresas y entidades públicas y privadas españolas (empresas, fundaciones, ONG, administraciones públicas, etc.) incluidas tanto las domiciliadas en España como las domiciliadas en el extranjero, siempre que cuenten con una mayoría de capital social español.
- Elementos que se pueden financiar:
- Activos fijos productivos, nuevos y de segunda mano.
- Adquisición de vehículos turismo, con precio inferior a 30.000 euros (más IVA si se adquieren en España).
- Adquisición de acciones de empresas residentes en el extranjero.
- Impuesto sobre el valor añadido (IVA) o impuesto general indirecto canario (IGIC), en el caso de activos adquiridos en España.
- Creación de empresas en el extranjero.
- Financiación de circulante hasta un máximo del 20% del importe total del proyecto.
- Importe máximo:
- Hasta el 100% del proyecto de inversión (IVA incluido), con un máximo de 10 millones de euros por cliente y año.
- Plazo de amortización:
- 3 años sin carencia.
- 5 o 7 años con posibilidad de 1 año de carencia.
- 10 años con posibilidad de 2 años de carencia.
- 12 años sin carencia.
- Bonificaciones:
- ICO bonifica un 0,35% el tipo de interés del primer tramo de la línea.
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